4 ago 2009

Seguros prepara una ley que reformará de pleno el sector

por Elisa del Pozo

La Administración ha optado por hacer una norma que será la columna vertebral del mercado y que incluirá, además de la directiva sobre capital Solvencia II, otros cambios "amplios e intensos".

La Dirección General de Seguros, del Ministerio de Economía, ha descartado hacer una reforma parcial de la actual Ley de Supervisión de los Seguros Privados y ha optado por elaborar desde cero una nueva ley que sustituirá a la actual.

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Aunque la razón esencial del cambio es la trasposición de la directiva conocida como Solvencia II, existen también otras normas nacionales que necesitan reformarse, en algún caso, de forma amplia e intensa», apunta Seguros. Este departamento concreta en ocho amplios puntos estas modificaciones que se refieren, por ejemplo, a las competencias supervisoras de las comunidades autónomas en el sector.

La Administración central supervisa a las entidades cuyo ámbito de actuación supera el de una sola comunidad y el resto queda bajo el paraguas de los gobiernos de cada comunidad.

La ‘revisión y actualización del sistema de protección al asegurado’ es otro de los puntos a modificar por la futura ley, según el documento del área de política legislativa de este departamento colgado en su página web. Los derechos de los clientes en el mercado asegurador es uno de los temas que más centran la atención del supervisor.

Buen gobierno
El ‘reforzamiento del gobierno corporativo’ de las aseguradoras está incluido también en la lista de cuestiones a reformar en la futura ley troncal del sector, igual que la ‘revisión de la aplicación del procedimiento concursal general a estas entidades’.

Seguros introducirá también en la futura norma varios puntos relacionados con la ‘reducción de cargas administrativas’ a las compañías, la adaptación de la normativa sobre modificaciones estructurales en las sociedades y la actualización del régimen internacional en relación con el principio de reciprocidad y adaptación a los códigos de liberalización de la OCDE.

El regulador ha detectado también varios aspectos que, en principio, aparecen recogidos en el texto de la reforma de la Ley de Contrato de Seguro que se está realizando en la actualidad.

La ley está pilotada desde el Ministerio de Justicia, pero este departamento considera que dichos aspectos deben traspasarse a la ley principal del sector. Es el caso de la regulación de las operaciones de coseguro comunitario o de la información previa al contrato que las entidades deben dar al cliente.

La actual Ley de Supervisión se elaboró en 1995 y, tras quince años, «el mercado asegurador español y europeo, se desenvuelven en un entorno diferente. La legislación de supervisión debe estar en consonancia con esa nueva realidad, que incluye también la política europea de servicios financieros, que ha hecho un amplio recorrido en este periodo», apunta el documento de Seguros.

El calendario elaborado por este departamento ha echado ya a andar. Prevé que en noviembre esté listo el primer borrador de anteproyecto de ley que comenzará a discutirse con los representantes del sector y el segundo texto a principio de 2010. Antes de junio el texto pasará por la junta consultiva de seguros, que aglutina a representantes de administración, del sector, consumidores y sindicatos, entre otros.

Después se iniciará la fase de los informes que deben remitir los diferentes departamentos afectados, que terminará en febrero de 2011 con el dictamen del Consejo de Estado para ser aprobado posteriormente por el Consejo de Ministros y remitido al Parlamento, donde Seguros prevé que se apruebe en la primavera de 2012.

En noviembre, Seguros prevé tener listo el primer borrador de anteproyecto de ley

Seguros cree que el tiempo necesario si hubiera optado por reformar la actual ley para introducir sólo los aspectos relacionados con Solvencia II no hubiera sido menor que el necesario para hacer una nueva ley. En su opinión, la trasposición de Solvencia II exigirá una profunda reforma de la normativa y la elaboración de una nueva ley resulta una mejor alternativa tanto desde el punto de vista de la técnica, como de la mayor coherencia del resultado final.

Las elecciones de 2012 marcarán la pauta
La directiva Solvencia II es para el sector asegurador lo que Basilea II para la banca, con la exigencia de capital en función del riesgo asumido. Los estados deben adaptar su legislación a esta normativa antes de 2013. El plazo de adaptación en España debe tener en cuenta la celebración de elecciones generales en marzo de 2012.

Si la trasposición de la Directiva a la legislación española no se produce antes de estos comicios, todo el trabajo legislativo realizado hasta ese momento podría quedar en papel mojado si el Gobierno que surja de las elecciones no lo toma como propio.

Fuente: Expansión